FECHA DE PUBLICACIÓN 28/11/13
Asociación Bancaria

Hay un solo Convenio Colectivo de Trabajo

Desde La Asociación sostienen que hay un solo Convenio Colectivo de Trabajo


El gremio que nuclea a los bancarios emitió un comunicado aclarando la situación que se presenta hoy ne diía en el Banco Hipotecario:

En virtud de la confusión que está generando en el Banco Hipotecario Nacional la convocatoria

efectuada por la Comisión Gremial Interna de la Seccional Buenos Aires de dicha entidad a una

denominada “convención” para tratar un nuevo convenio, corresponde dejar sentado lo siguiente:

1) La Asociación Bancaria sostiene el principio de la vigencia de un solo Convenio Colectivo para

la actividad bancaria, que asegure el principio de a igual trabajo, igual salario. El convenio

vigente es el 18/75 y por ello el Congreso Nacional de la Asociación Bancaria resolvió

denunciar el denominado convenio de empresa del Banco Hipotecario pues el mismo

establece derechos inferiores a lo establecido por el citado CCT 18/75.

2) Hemos reiterado una y otra vez que en el marco de ese convenio 18/75, si se quieren acordar

mejores condiciones laborales que las que este convenio colectivo establece, la Asociación

Bancaria está dispuesta a discutirlas a través de los paritarios legalmente designados por

nuestra organización sindical. Pero, insistimos, si se parte de los mejores derechos que

establece el convenio para la actividad, pues no vamos a firmar convenios por empresa.

3) Tenemos el objetivo durante nuestro mandato de firmar un nuevo convenio colectivo por

actividad, pues si bien el actual es sabio en sus cláusulas aún vigentes, no es menos cierto

que debe actualizarse. Pero lo haremos sólo en el marco de una paritaria para toda la

actividad con representantes de todas las entidades patronales y el Banco Central de la

República Argentina.

4) La convocatoria efectuada por la Comisión Gremial de la Seccional Buenos Aires no es válida

para promover, crear o firmar cláusulas de un nuevo convenio, ya que la representación legal

recae en los paritarios designados por la Asociación Bancaria.

5) Es grave que esa convocatoria anuncie que las propuestas de la convención para ser válidas

deberán ser negociadas con la “Gerencia de Desarrollo Organizacional” del Banco, pues un

convenio colectivo sólo puede ser acordado por la representación de la Asociación Bancaria,

debidamente acreditada ante el Ministerio de Trabajo.

6) La Comisión Gremial de la Seccional Buenos Aires no está ni legal ni estatutariamente

habilitada para realizar esta convocatoria fuera del ámbito de esa Seccional y la intromisión

que hace respecto a otras seccionales está expresamente prohibida por el estatuto de nuestra

organización gremial.

Hemos, finalmente, de dejar en claro, para que nadie se llame a engaño, que la mencionada

convocatoria no es válida e invitamos fraternalmente a los convocantes a deponer una actitud que no

será positiva para los intereses de los trabajadores del Banco Hipotecario Nacional.

Segun  confirmaron fuentes allegadas hoy mismo se estarán reuniendo para tratar las paritarias que vencen en Diciembre próximo.

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