FECHA DE PUBLICACIÓN 21/01/14
Unión Informática

Sobre la tercerización y sub-contratación

Desde las Secretarías de Prensa y Asistencia Legal, continúa la publicación de documentos tendientes a informar a los informáticos sobre diversas temáticas de índole legal y laboral. Hoy, aspectos generales sobre la tercerización y la subcontratación.



El término “tercerización” es utilizado cotidianamente para referenciar de igual manera a una diversidad de situaciones y procesos muy complejos dentro del mundo del trabajo. A pesar de esta condición, muchos trabajadores naturalizan esta situación considerando que simplemente esta dada y que no tienen otra alternativa. Se escucha a los trabajadores decir frases como “yo estoy por consultora” o “yo estoy contratado” como si se tratara de algo natural o correcto, cuando en realidad es a la inversa en gran parte de los casos. A pesar de dicha naturalización, el trabajador sub-contratado sabe muy bien que sus condiciones de trabajo y contratación son diferentes a las del resto del personal llamado “efectivo” o “de planta permanente” y siente día a día las condiciones de inferioridad, vulnerabilidad e incertidumbre en las que se encuentra.

Este articulo no pretende describir exhaustivamente las diferencias que hay entre las variadas situaciones de tercerización o sub-contratación [1], sólo busca dar algunos ejemplos y explicaciones que permitan reflexionar acerca de este fenómeno tan actual y vigente que es utilizado para perjudicar a los trabajadores.

Algunas comparaciones

Si en anteriores modelos de producción el trabajador estaba alienado respecto del producto final de su trabajo, el modelo neo-liberal trae aparejado un nuevo tipo de alienación para el trabajador: la alienación de su real empleador.

Mientras que en el modelo de producción Taylorista-Fordista, la producción en masa exigía una división del trabajo distribuida sectorialmente dentro de la empresa, en la actualidad, con el modelo neoliberal, la división del trabajo se da fuera de la empresa de forma multi-empresarial.

Así, de igual forma que anteriormente se reducían los costos eliminando tiempos muertos, hoy se lo hace erosionando los derechos del trabajador.

Una historia laboral ya conocida

Empecemos por diferenciar la tercerización y sub-contratación como parte de un proceso de descentralización de la producción.

Tomemos un ejemplo de la actividad informática, donde se dan habitualmente estos dos procesos en simultaneo: una empresa principal, supongamos, Logística S.A. contrata a la empresa IT SRL para que le brinde soporte en un sistema que utilizan y fue diseñado por la proveedora. Hasta acá, podemos hablar de una tercerización clásica o “verdadera”, donde una empresa contrata los servicios de la otra, en este caso, por que dicho servicio no es parte de las actividades centrales (indispensables o “complementarias absolutamente esenciales”[2]) de la empresa contratante y la empresa cliente es especialista en el tema.

Efectos sobre la organización sindical

 Existe una variable muy importante que puede hacerle frente a esta situación: la organización gremial. Es por eso que ha sido atacada sistematicamente utilizando diferentes estrategias para evitar que el colectivo de trabajadores adquieran la fuerza necesaria para oponerse a este daniño proceso. Estos son algunos ejemplos:

- Escasez de representación sindical en las pequeñas unidades productivas: el proceso que venimos describiendo genera que en lugar de existir una única gran empresa, la misma sea sub-dividida en varias unidades pequeñas o medianas. Teniendo en cuenta que en este tipo de unidades productivas la representación sindical es muy baja[3], queda evidenciada otra de las vías a traves de la cual estos mecanismos dificultan las posibilidades de organización de los trabajadores.

- Erosionando la identidad colectiva: si los trabajadores están atomizados en diferentes grupos con condiciones contractuales y de trabajo distintas entre sí (en algunos casos con sus lugares de trabajo separados) y para agravar aún más esto, encuadrados en diferentes convenio colectivos de trabajo, se dificulta que puedan sentirse parte de un mismo colectivo.

 A su vez, las instituciones laborales poco ayudan a revertir esto ya que hacen mucho hincapié en la existencia de formalidades contractuales para permitir la organización y afiliación gremial. Esta situación esta altamente legitimada por los trabajadores y sus organizaciones, generando así una exclusión de aquellos que cuentan con una contratación precaria (locación de servicios, eventual, sub-contrado).

Así, las posibilidades de organización colectiva se ven muy erosionadas por las diferencias que se delimitan entre unos trabajadores y los otros a raíz de la modalidad contractual o encuadramiento que tienen.

 - Mantener Altos los Niveles de desempleo o empleo precario: en la medida en que la situación del mercado de trabajo no sea favorable para los trabajadores en términos de ofertas de contratación y condiciones de trabajo, funcionara como un disciplinador natural: mientras mayor sea la disponibilidad de personas en situación de des-ocupación, mayor será la presión que este colectivo ejercerá sobre quienes sí están ocupadas para que accedan a condiciones flexibles de contratación ante el temor de caer en dicha situación. A su vez, mientras más desocupados haya, menos trabajadores activos estarán disponibles para poder organizarse gremialmente.

Así escuchamos habitualmente frases como “Mejor no hago lío, si me echan, después no consigo trabajo”, “No me pagan las horas extras, pero aunque sea no estoy en negro”, “No estoy registrado, pero es mejor que nada”, etc.

Por todo esto, podremos ver que no es casualidad que los procesos de tercerización fraudulentos potencien el desempleo y las condiciones precarias de contratación, y consecuentemente debiliten la organización gremial que les podría hacer frente.

El cambio sigue pendiente

 Esta temática se encuentra en debate y a la espera de que se sancionen modificaciones a la normativa que actualmente regula la tercerización y sub-contratación, para evitar el fraude y demás consecuencias negativas de estos procesos. Sabemos bien que los tiempos de sanción de leyes son más lentos de lo que la realidad de los trabajadores necesita y que la mera existencia de una ley no implica que su cumplimiento vaya a ser efectivo

 

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