FECHA DE PUBLICACIÓN 21/06/16
Docentes

Tras amparo judicial, provincia no podrá jubilar de oficio a docentes bonaerenses

A partir de la presentación impulsada por el Frente Gremial Docente Bonaerense, la jueza María Ventura Martínez, titular del juzgado contencioso N° 4 a cargo del juzgado contencioso N° 2 de la ciudad de La Plata, ordenó la suspensión de la aplicación de las resoluciones 204 y 220 de la Dirección General de Cultura y Educación, por las cuales se disponía el cese de oficio para docentes.


En consecuencia, a la fecha, se encuentran suspendidos los plazos y el cese correspondiente.

“Presentamos una cautelar autónoma que, es una acción para que de forma urgente el juez detenga las consecuencias de esta resolución administrativa que actúa perjudicialmente sobre muchos de nuestros derechos obtenidos.” señaló la titular de FEB, Mirta Petrocini.

“Esta jubilación de oficio genera el cobro del 60% del sueldo por un tiempo indeterminado -por la adhesión compulsiva al régimen de la ley 12.950-” y agregó Petrocini, “no podemos permitir que además de congelar su sueldo por años, un docente pierda derechos sobre su aguinaldo, sobre su obra social –IOMA-, el cobro del FONID, la imposibilidad de acceder al mejor cargo y la perdida de los seguros.”

“Es necesario tener el CÓDIGO JUBILATORIO en tiempo y forma si quieren tomar una medida en este sentido” sostuvo la máxima autoridad del gremio.

La medida es precautoria hasta la resolución definitiva del planteo judicial.

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